SERVICIOS Y PRESTACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CALIFICACIÓN LEGAL DE LA DISCAPACIDAD:
Es el documento administrativo que acredita de manera oficial que una persona precisa de apoyos, facilitándosele el acceso a determinados recursos y beneficios reservados para la persona con minusvalía. Se solicita en el Centro Base de Atención al Minusválido de Sevilla, localizado en la C/ Madre Dolores Márquez, s/n, edificio Puerta de Córdoba.
Los servicios y prestaciones para personas con discapacidad son:
PROTECCIÓN ECONÓMICA:
- Pensión No Contributiva.
Tendrán derecho a la Pensión de Invalidez en su modalidad no contributiva, las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener 18 años o más y menos de 65.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de 5 años, de los cuales 2 han de ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
- Estar afectado por una minusvalía o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.
- Carecer de rentar o ingresos suficientes en los términos estimados en cada ejercicio.
Complemento por necesidad de ayuda de otra persona: La cuantía de la pensión de invalidez se incrementará con un complemento, siempre que, siendo el porcentaje de la minusvalía igual o superior al 75%, supere además la situación de dependencia y necesidad de la ayuda de otra persona.
- Prestación Familiar por Hijo a Cargo.
Se conceden a los padres de hijos con minusvalía, en su modalidad contributiva y no contributiva, por cada hijo menor de 18 años con al menos un 33% de minusvalía y mayor de 18 años con al menos un 65%, independientemente del nivel de renta familiar.
En los hijos con más de 18 años, en que el grado de minusvalía supere el 75% y necesiten la ayuda de otra persona, percibirán un complemento.
- Subvenciones individuales.
Se convocan una vez al año y comprenden:
- Subvenciones para asistencia en instituciones o centros.
- Subvenciones de movilidad y comunicación.
- Subvenciones al transporte.
EDUCACIÓN:
- Atención educativa específica que por las necesidades educativas especiales requieran, con el fin de garantizar el derecho a la educación y al desarrollo de un proceso educativo adecuado y asistido con los complementos y apoyos necesarios.
- Se reserva un 3% de las plazas universitarias para aquellas personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Otra de las medidas es la gratuidad de los precios públicos en la primera matriculación para aquellos estudiantes que tengan una minusvalía igual o superior al 33%.
EMPLEO:
- Ayudas a la contratación, autoempleo y Centros Especiales de Empleo: para facilitar la integración laboral de la persona con discapacidad.
- En las ofertas de empleo público, se reservará un cupo no inferior al 5% de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%, de modo que progresivamente se alcance el 2% de los efectivos reales de la Administración del Estado, siempre que superen las pruebas selectivas.
- Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores están obligadas a que al menos el 2% sean minusválidos.
- Formación Profesional Ocupacional.
- Programas de Garantía Social.
OCIO Y TIEMPO LIBRE:
- Programa “Conoce tu Tierra”: turnos de vacaciones en las Residencias de Tiempo Libre de Andalucía, para la persona con discapacidad y un acompañante.
- Programas de ocio de distintas asociaciones.
BENEFICIOS FISCALES:
- Reducción y bonificaciones fiscales en la Declaración de la Renta.
- Exención de los impuestos de matriculación y circulación de vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad.
OTROS BENEFICIOS:
- Título de Familia Numerosa:
Tendrán la consideración de familia numerosa las familias con tres o más hijos así como las familiar que tendiendo dos hijos, al menos uno de ellos sea discapacitado.
Asimismo podrá considerarse familia numerosa cuando el padre y la madre sean ambos discapacitados, o, al menos uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o estuvieran incapacitados para trabajar y tengan dos hijos.
- Plan de Apoyo a las Familias Andaluzas:
Conjunto de medidas en los ámbitos de la educación, salud, vivienda, nuevas tecnologías, empleo y atención social, a favor de las familias andaluzas, para facilitar la vida familiar, así como la integración de la mujer y el hombre en la vida laboral en condiciones de igualdad.
- Posibilidad de ingreso en Centros de Atención Especializada (centros ocupacionales, residencias, unidades de día…).
- Servicio de Respiro Familiar:
Destinado a colaborar con las familias cuidadoras de personas con discapacidad dependientes, a las que se presta apoyo mediante un servicio de residencial de duración variable, en periodos que oscilan entre veinticuatro horas y un mes.